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ISLAS MALVINAS, SU HISTORIA, LA GUERRA Y LA ECONOMÍA, Y LOS ASPECTOS JURÍDICOS SU VINCULACIÓN CON EL DERECHO HUMANITARIO
Por el Lic. Bruno Tondini Contacto: brunotondini@yahoo.com.ar Hasta 1833 existen pruebas fehacientes del despliegue jurisdiccional realizado por el gobierno de las Provincias Unidas como legítimo sucesor de la Corona de España. Teniendo en cuenta la jurisprudencia internacional sobre la materia, la actividad desarrollada por el gobierno de Buenos Aires, es suficientemente demostrativa del ejercicio de un dominio eminente no controvertido en los hechos hasta 1833. En materia de conflictos territoriales, la práctica estadual en el ámbito internacional, aceptó la flexibilización del concepto clásico de ocupación efectiva como modo de adquisición de territorios. Precedentes jurisprudenciales reconocieron que la ocupación como modo de adquisición de territorios no requiere de la existencia de un asentamiento poblacional estable en cada sector del territorio reivindicado, sino del ejercicio o despliegue jurisdiccional de la autoridad del Estado reclamante. La ocupación efectiva entendida como el alcance o la extensión de jurisdicciones estatales sobre zonas poco pobladas o prácticamente deshabitadas, o de difícil acceso, precluye la viabilidad de reclamos basados en una mera expectativa sobre el mantenimiento de la intención de considerarse Gran Bretaña, como la titular de un derecho soberano. Asimismo, puede argumentarse, que son distintos los grados de intensidad exigidos internacionalmente a la ocupación como modo de adquisición de un territorio, de la ocupación como base del ejercicio de un derecho ya adquirido. Max Huber en el Caso de la Isla de Palmas al referirse al derecho intertemporal distinguió entre el derecho vigente a la adquisición de un territorio, de la evolución del derecho posterior a esa adquisición a los efectos de constatar el " mantenimiento " del derecho " adquirido". La continuidad en la ocupación sobre el territorio del Estado antecesor, dispensa al Estado sucesor de la realización de actos constantes o frecuentes de jurisdicción, cuando no existe un opositor que realice acto alguno como modo de manifestar la vigencia de una mejor titularidad. Históricamente académicos argentinos y de otros países vinieron criticando a los Estados Unidos por no haber aplicado la Doctrina Monroe frente a la acción británica de enero de 1833. Luego se perpetró la ya conocida ocupación británica, que se produjo en 1833. Durante los siguientes seis meses los ingleses se dedicaron a perseguir a un grupo de gauchos rebeldes entre los que se encontraba Antonio Rivero, que fue capturado y deportado a Montevideo y que alguna crónica lo ha referido como un “heroico guerrillero argentino”. En el año 1835 una Corte de Justicia americana reconoció que las acciones llevadas a cabo por Luis Vernet sobre buques pesqueros americanos, encuadraban dentro de la actividad estadual del Gobierno de Buenos Aires, responsable internacionalmente por le territorio de las Islas Malvinas. La Corte expresó que un oficial de los Estados Unidos no tenía derecho, sin expresas órdenes de su Gobierno, de entrar en la jurisdicción territorial de un Estado en paz con los Estados Unidos y tomar por la fuerza propiedad encontrada allí, y reclamada por ciudadanos de los Estados Unidos. http://www.eumed.net/libros/2007b/278/0.htm Saludos! |
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luis vernet me parecio un historiador muy bueno estamos en el colegio estudiando eso de las malvinas
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Joined: Sep 10, 2009 Comments: 7 ISP: Stanley, Falkland Islands (Malvinas) |
It would be worthwhile checking out the below 'download'(about 2 mB) for your studies, it has an interesting section about Luis Vernet. Spanish PDF: http://www.falklandshistory.org/spanish4.pdf It will be interesting to see if any body can come up with actual historical documents to prove this publication (or any part of) to be incorrect. |
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Joined: Sep 10, 2009 Comments: 7 ISP: Stanley, Falkland Islands (Malvinas) |
p.s Best wishes for your studies, and that you achieve all your goals. |
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Why are you posting to yourself?
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Joined: Sep 10, 2009 Comments: 7 ISP: Stanley, Falkland Islands (Malvinas) |
Very good question...!! Faux pais - apologies to all.... many thanks for pointing it out. |
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